La Junta de Gobierno de la Hermandad de la
Victoria, reunida en Cabildo de Oficiales de
Convocatoria celebrado con carácter ordinario el
5 de marzo de 2021, según el TÍTULO TERCERO: DE
LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA HERMANDAD –
CAPÍTULO PRIMERO: DEL CABILDO GENERAL – SECCIÓN
CUARTA: CABILDO GENERAL DE ELECCIONES ha
adoptado el acuerdo de celebrar Cabildo General
Ordinario de Elecciones el próximo sábado,
29 de
mayo de 2021 en la Casa Hermandad, de 10:00 a
13:30 y de 17:00 a 21:00 horas.
ELECTORES
Tienen derecho a votar todos los Hermanos que,
en el día señalado para la elección, hayan
cumplido los dieciocho años de edad, cuenten al
menos con un año de antigüedad en la Hermandad y
estén al corriente del pago de las cuotas
mensuales.
CENSO DE VOTANTES
El censo de votantes se expondrá al conocimiento
de los Hermanos en la Casa Hermandad del 6 al 25
de marzo de 2021, en horario de lunes a viernes
laborables de 18:00 a 20:00 horas. La Junta de
Gobierno, una vez resueltas las eventuales
reclamaciones de los interesados, aprobará el
censo y lo remitirá a la Autoridad Eclesiástica.
Los hermanos que tuvieren cuotas pendientes,
podrán ponerse al corriente de las mismas en el
plazo de exposición del censo de votantes
anteriormente señalado. Todo hermano que no
figure en el censo, o en las legítimas
modificaciones incorporadas al mismo, en el
momento de la elección no podrá ejercer su
derecho al voto.
Elevación a la Autoridad Eclesiástica del censo,
para su aprobación y certificación del número de
votantes: 26 de Marzo de 2021. (Regla 88ª – 3º).
PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS
El plazo de presentación de candidatos en la
Casa Hermandad, en horario de lunes a viernes
laborables, de 18:00 a 20:00 horas (excepto los
días de Semana Santa) se abre el 6 de marzo de
2021 y se cerrará un mes antes de la celebración
del Cabildo, esto es el 29 de abril de 2021.
(Podrán presentarse en la Casa Hermandad previa
solicitud de cita a través del correo
electrónico secretariohermandadvictoria@gmail.com).
Concluido el plazo de presentación de
candidatos, el Secretario elaborará una relación
de los candidatos presentados, que será sometida
a la deliberación de la Junta de Gobierno para
la comprobación por ésta de la idoneidad de los
mismos, conforme a la Regla 90ª. Una vez
constatada la idoneidad de los presentados y
comunicada y aprobada por la Autoridad
Eclesiástica, se hará pública la relación de los
mismos para conocimiento de los Hermanos.
Elevación a la Autoridad Eclesiástica del total
de Candidaturas presentadas para su aprobación:
30 de Abril de 2021. (Regla 88ª – 6º)
VOTO POR CORREO
Los hermanos habrán de solicitarlo previamente
mediante escrito dirigido a la Secretaría de la
Hermandad y al Sr. Secretario, a la dirección
Calle Puebla de Guzmán nº10, 21007 de Huelva, o
bien mediante correo electrónico a
secretariohermandadvictoria@gmail.com, durante
las fechas anteriormente indicadas.
La votación, que será en todo caso secreta,
podrá ser personal o por correo. Esta última
modalidad, que será solamente válida para los
hermanos que por enfermedad acreditada mediante
certificado médico oficial, por encontrarse
trabajando o residir fuera del Municipio
(debiendo acreditarse suficientemente ambas
circunstancias), no pudieran hacerse presentes
en el lugar de las votaciones, se ajustará a las
siguientes normas:
1. El hermano elector deberá solicitar por
escrito a la Secretaría de la Hermandad el sobre
oficial de votación, así como las papeletas
oficiales que se usarán en el Cabildo General de
Elecciones.
2.. La emisión del voto por correo se hará por
medio de la papeleta oficial de votación en
sobre oficial cerrado; dicho sobre, a su vez,
vendrá dentro de otro en el que deberá incluirse
fotocopia del Documento Nacional de Identidad en
todos los casos, e incluirse igualmente,
Certificado Médico Oficial para los hermanos
enfermos o, documento que acredite su ausencia
por trabajo o residir fuera del municipio.
3. En el remite debe consignarse con claridad el
nombre, apellidos y dirección del votante y
enviarse por Correo Certificado con acuse de
recibo. Como destinatario figurará “Cabildo
General de Elecciones” y la dirección será la
señalada a esos efectos por la Secretaría de la
Hermandad. Todos estos votos serán custodiados
por el Sr. Cura Párroco o Director Espiritual de
la Hermandad, hasta la constitución de la Mesa
Electoral.
4. Los votos por correo deberán estar en poder
del Sr. Cura Párroco o Director Espiritual de la
Hermandad, al menos cuarenta y ocho horas antes
de comenzar el Cabildo General de Elecciones.
5. Concluido el plazo fijado para ejercer el
voto personal, el Presidente y la Mesa Electoral
comprobarán los votos emitidos por correo y la
documentación exigida, verificando que no
hubieran votado ya presencialmente. Del mismo
modo no se darán por válido los votos que no
contengan la documentación preceptiva indicada
en el número 2.
SISTEMA DE VOTACIÓN
La votación se hará por el sistema de papeletas
y personalmente por cada votante, que estará
obligado a exhibir su Documento Nacional de
Identidad y en su defecto el Pasaporte o el
Permiso de conducir, siendo la papeleta
introducida en la urna por el Presidente de la
Mesa Electoral o por cualquier otro componente
de la misma en que aquel hubiere delegado. El
voto personal que lleve dos o más papeletas
dentro del sobre, o cuya papeleta lleve
enmiendas o tachaduras, será considerado nulo.