25 de Abril de 2021

RECORDATORIO

CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES

VOTO POR CORREO

Los hermanos/as que quieran solicitar el voto por correo para el Cabildo General Ordinario de Elecciones a celebrar el próximo día 29 de Mayo de 2021, tienen como plazo del 26 al 30 de abril de 2021. (Regla 89ª).

Voto por Correo (Regla 89ª): Los hermanos habrán de solicitarlo previamente mediante escrito dirigido a la Secretaría de la Hermandad y al Sr. Secretario, a la dirección Calle Puebla de Guzmán nº 10, 21007 de Huelva, o bien mediante correo electrónico a secretariohermandadvictoria@gmail.com, durante las fechas anteriormente indicadas.

La votación, que será en todo caso secreta, podrá ser personal o por correo. Esta última modalidad, que será solamente válida para los hermanos que por enfermedad acreditada mediante certificado médico oficial, por encontrarse trabajando o residir fuera del Municipio (debiendo acreditarse suficientemente ambas circunstancias), no pudieran hacerse presentes en el lugar de las votaciones, se ajustará a las siguientes normas:

1.- El hermano elector deberá solicitar por escrito a la Secretaría de la Hermandad el sobre oficial de votación, así como las papeletas oficiales que se usarán en el Cabildo General de Elecciones.

2.- La emisión del voto por correo se hará por medio de la papeleta oficial de votación en sobre oficial cerrado; dicho sobre, a su vez, vendrá dentro de otro en el que deberá incluirse fotocopia del Documento Nacional de Identidad en todos los casos, e incluirse igualmente, Certificado Médico Oficial para los hermanos enfermos o, documento que acredite su ausencia por trabajo o residir fuera del municipio.

3.- En el remite debe consignarse con claridad el nombre, apellidos y dirección del votante y enviarse por Correo Certificado con acuse de recibo. Como destinatario figurará “Cabildo General de Elecciones” y la dirección será la señalada a esos efectos por la Secretaría de la Hermandad. Todos estos votos serán custodiados por el Sr. Cura Párroco o Director Espiritual de la Hermandad, hasta la constitución de la Mesa Electoral.

4.- Los votos por correo deberán estar en poder del Sr. Cura Párroco o Director Espiritual de la Hermandad, al menos cuarenta y ocho horas antes de comenzar el Cabildo General de Elecciones.

5.- Concluido el plazo fijado para ejercer el voto personal, el Presidente y la Mesa Electoral comprobarán los votos emitidos por correo y la documentación exigida, verificando que no hubieran votado ya presencialmente. Del mismo modo no se darán por válido los votos que no contengan la documentación preceptiva indicada en el número 2.

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            HUELVA